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Para todas y todos los compañeros trabajadores en Bancolombia que no lo sepan, la Convención Colectiva de Trabajo consagra la operación del COMITÉ DE ANALISIS Y EVALUACION DEL TRABAJO Y ESCALAFÓN (Artículo 24° Convención Colectiva 2003-2005), un espacio paritario, es decir, en el que trabajadores y empresa participan de igual forma con el fin de, en pocas palabras, estudiar y calificar los cambios que el banco quiera implementar en nuestras funciones y vigilar que se apliquen a esos cambios las reubicaciones en los escalafones laborales, los aumentos de salario que se deriven de ellos y que estos cambios no afecten la salud y bienestar de las y los trabajadores.

Sin embargo, las constantes decisiones en materia laboral que se toman día tras día en esta entidad parecen buscar únicamente un mayor beneficio económico poniendo en segundo plano la participación, decisión e injerencia de las y los trabajadores en las decisiones que nos afectan.

Como a la mayoría de ustedes, a nuestra organización sindical le preocupan los cambios repentinos, absurdos, ilógicos e incongruentes que el banco viene imponiendo a los y las trabajadoras en varias de sus funciones laborales. Por esta razón, el pasado 10 de agosto Conexión Sindical presentó un derecho de petición al vicepresidente de Relacionamiento Humano con el fin de que se nos hiciera claridad a fondo sobre los procedimientos y motivaciones que llevaron al banco a implementar estos cambios y por qué, en este proceso, se han evadido responsabilidades que el banco contrajo con los trabajadores en la convención colectiva cuando quisiera realizar modificaciones laborales.

Preguntamos inicialmente por la gran carga laboral y desmejora en el servicio a los clientes que se generó en los cargos de asesoría y caja, debido a que estos compañeros fueron obligados a asumir las labores del cargo de auxiliar de servicios, suprimido por el banco.

Posteriormente, consultamos por qué el banco vulnera nuestros derechos al migrar funciones de un cargo a otro, cuando estas deben ser ACORDES, CONSECUENTES o COMPATIBLES con las funciones del cargo que cada uno de nosotros desempeña. Además, preguntamos por qué esas labores adicionales, no conllevan, así mismo, un beneficio para el trabajador, a saber: aumento salarial por las nuevas obligaciones asignadas, un ascenso en el escalafón o, incluso, un cambio en el contrato laboral.

Por último, exigimos la presentación de las actas del Comité de Análisis y Evaluación del Trabajo y Escalafón, donde reposen las reuniones Ordinarias o Extraordinarias, mediante las cuales se analizó junto a los trabajadores la decisión y donde conste la posterior aprobación de los cambios propuestos por el banco. Estas actas conllevan en sí un carácter PÚBLICO, ya que este comité es una entidad paritaria, con representación y voz de los trabajadores, y así está consagrado en nuestra Convención Colectiva de Trabajo. Lo allí argumentado, debatido, objetado o aprobado, tiene que gozar del legítimo derecho a la publicidad.

Para su análisis, les compartimos nuestro derecho de petición y la respuesta, como siempre, evasiva de parte del Banco. Parece que, en materia laboral, el banco quiere seguir actuando a espaldas de los trabajadores. ¿Nos ponemos al frente de las decisiones que nos afectan? ¡Contamos con todas y todos ustedes para hacerlo!

Junta Directiva
Conexión Sindical

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Derecho de petición (Descárgalo aquí).

Respuesta de Bancolombia a nuestro derecho de petición (Descárgalo aquí).

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