Necesitarás solo 3’55» para leer este comunicado (589 palabras)
Comunicado No. 29 – 18 de enero de 2020 –
¿Quién de nosotros, en su labor diaria, no se ha sentido temeroso de cometer algún error en la labor, que implique asumir unos descargos con el jefe inmediato, bajo un cuestionario prediseñado por el banco, el cual busca que te autoincrimines y posiblemente lleve a tu despido? Por ejemplo, lo vemos a diario con el tema de las biometrías, a pesar de que se ha demostrado que, en muchas ocasiones, la falta de una biometría se debe a errores del sistema del banco.
Las y los trabajadores en Bancolombia, deberíamos entonces poder contar con todas las garantías y todas las herramientas, así como con el tiempo suficiente para poder buscar a fondo información y pruebas, para determinar, con plena certeza, cuál fue el origen del error y además, poder establecer la gravedad de la falta de la cual se nos acusa, ya que faltas leves, no tienen por qué terminar en despidos o en sanciones económicas que afectan nuestro bienestar familiar.
En Bancolombia, no existen esas garantías. Por eso, se hace necesario insistir en la importancia del debido proceso, derecho consagrado en nuestra constitución política. Estos son algunos de sus apartes: “Artículo 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. (…) Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho. (…) ¿Será que alguno de estos puntos se cumple en Bancolombia?
Estas normas tienen una protección especial a cargo de la Corte Constitucional, el órgano encargado de que todo el ordenamiento jurídico esté en concordancia con la norma superior, la Constitución Política de Colombia. Bajo este criterio, la Corte Constitucional estableció en la sentencia C-593 de 2014, todos los lineamientos que se deben tener en cuenta para garantizar el debido proceso en materia penal, administrativa y laboral.
La C-593 es una herramienta fundamental para desarrollar todas las garantías con las que debemos proteger y garantizar nuestro derecho a la defensa en materia disciplinaria. El debido proceso ha sido un tema fundamental para Conexión Sindical desde su fundación en 2018. Mediante la acción sindical queremos lograr que en Bancolombia se establezca un debido proceso que garantice todas las posibilidades de defensa y nuestra presunción de inocencia como trabajadores.
Por lo anterior, en nuestro laudo arbitral, emitido en mayo de 2020, los árbitros establecieron que el banco debe garantizar ese debido proceso remitiéndose a la sentencia C-593 de 2014. Para nosotros, este avance que se consiguió no fue suficiente y por eso pedimos la anulación de ese punto. En este momento estamos esperando
el fallo de la Corte Suprema de Justicia, para que establezca el mecanismo del debido proceso como debe ser: paso a paso y detalladamente para que, en nuestra Convención Colectiva de Trabajo, quede establecido un debido proceso que nos garantice todas las posibilidades de defensa y de presunción de inocencia.
Por eso, te invitamos a que te unas a Conexión sindical, para que juntos, conquistemos un debido proceso que nos garantice la estabilidad laboral y la posibilidad de hacer un proyecto de vida y para que sigamos construyendo la alternativa sindical en Bancolombia.
Junta Directiva
Conexión Sindical
¿Quieres descargarlo en PDF? Aquí puedes hacerlo.